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MICM emite resolución 079- 2025 que indexa los valores de Ventas Brutas Anuales de las MiPymes

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Santo Domingo. – El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) emitió la resolución 079- 2025, que indexa los valores de Ventas Brutas Anuales de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), conforme al Índice de Precio al Consumidor (IPC) determinado por el Banco Central para el periodo enero-diciembre 2025.

Esta medida se fundamenta en las leyes 488-08 y la 187-17, sobre el valor actualizado de las Ventas Brutas que será indexado anualmente con base al índice de Precios del Consumidor. El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes deberá publicar al inicio de cada año los valores indexados del criterio de Venta Bruta Anual.

El índice de Precio al Consumidor (IPC) es un indicador que mide la evolución promedio de los precios de un conjunto de bienes y servicios representativos del gasto de consumo de los hogares residentes en un área determinada.

Con esta resolución las empresas quedarán categorizadas de la siguiente manera:

Microempresa de Subsistencia: Hasta 2 trabajadores y Ventas Brutas Anuales de hasta RD$856,459.50

Microempresa de Acumulación: Hasta 10 trabajadores y Ventas Brutas Anuales de hasta RD$11, 419,854.62

Pequeña Empresa: De 11 a 50 trabajadores y Ventas Brutas Anuales de hasta RD$77, 084,018.72

Mediana Empresa: De 51 a 150 trabajadores y Ventas Brutas Anuales de RD$288, 351,32 9.30

Se recuerda que Ley 37-17, establece que el Ministerio de Industria, Comercio y Mi pymes (MICM) es el órgano rector y el encargado de la formulación, adopción, seguimiento, evaluación y control de las políticas, estrategias, planes generales, programas, proyectos y servicios de los sectores de la industria, exportaciones, el comercio interno, el comercio exterior, las zonas francas, regímenes especiales y las Mi pymes.

La resolución 079- 2025 ordena su remisión a los viceministerios de Fomento a las Mi pymes y al de Comercio Interno, así como su publicación en la página web del MICM en cumplimiento con lo establecido en la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública.

 

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